El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la Junta de Andalucía contra el Real Decreto 35/2023, que revisa los planes hidrológicos de varias demarcaciones, incluyendo Tajo-Segura. La sentencia, a cargo del magistrado Fernando Román, afirma que se cumplió con el proceso de concertación para los caudales ecológicos y que el informe del Consejo Nacional del Agua fue emitido válidamente. Además, se rechazan las alegaciones sobre la jerarquía normativa y la falta de motivación técnica en la fijación de los caudales ecológicos, destacando que la Junta no presentó pruebas suficientes para invalidar estos criterios. Esta decisión refuerza el marco legal vigente en materia de gestión hídrica en España.