Las personas que decidan donar órganos o tejidos en vida para su posterior trasplante contarán, a partir de ahora, con una protección mejorada por parte de la Seguridad Social. Esta medida, que entra en vigor recientemente, establece como situación especial de incapacidad temporal aquellos casos en los que el donante se encuentre incapacitado para trabajar durante el tiempo que reciba asistencia sanitaria.
Según el preámbulo de la norma, recogido en la Ley 6/24, de 20 de diciembre, se ha considerado necesario establecer una protección específica para aquellos altruistas que deciden ceder un órgano o tejido con el fin de salvar o mejorar la calidad de vida de otra persona. El propósito es proporcionarles una cobertura lo más amplia posible.
Detalles sobre la incapacidad temporal
La nueva regulación abarca tanto los días previos a la intervención quirúrgica, relacionados con la preparación médica necesaria, como los días posteriores al ingreso hospitalario hasta el alta por curación. Esto asegura que los donantes tengan respaldo durante todo el proceso.
En cuanto a la prestación económica, esta situación especial da derecho a un subsidio equivalente al cien por cien de la base reguladora establecida para las prestaciones por incapacidad temporal derivadas de contingencias comunes. No se exige un periodo mínimo de cotización para su reconocimiento.
El subsidio se comenzará a abonar desde el mismo día en que se produzca la baja y será cubierto por la entidad gestora o colaboradora responsable de la incapacidad temporal (INSS, ISM o Mutua Colaboradora con la Seguridad Social).
Preguntas sobre la noticia
¿Qué mejora se ha implementado para los donantes en vivo de órganos o tejidos?
Las personas donantes en vivo tendrán una mejor protección de la Seguridad Social, ya que se establece como situación especial de incapacidad temporal la condición de donante durante el tiempo que reciba asistencia sanitaria y esté incapacitado para trabajar.
¿Qué incluye la nueva situación especial de incapacidad temporal?
La nueva situación abarca tanto los días previos a la intervención, relacionados con la preparación médica, como los días desde el ingreso hospitalario hasta el alta por curación tras el trasplante.
¿Qué tipo de prestación económica recibirán los donantes?
Los donantes tendrán derecho a un subsidio equivalente al cien por cien de la base reguladora para la prestación de incapacidad temporal, sin necesidad de cumplir un periodo mínimo de cotización.
¿Desde cuándo se empieza a recibir esta prestación económica?
El subsidio se abona desde el mismo día de la baja laboral a cargo de la entidad gestora o colaboradora que cubra la incapacidad temporal.