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El TSJ de Cataluña considera accidente laboral la incapacidad de un moderador de contenido extremo
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El TSJ de Cataluña considera accidente laboral la incapacidad de un moderador de contenido extremo

Por Redacción
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admincibelesnet/5/5/13
cibeles.net
miércoles 18 de diciembre de 2024, 15:27h

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha ratificado que la incapacidad temporal de un trabajador dedicado a visionar contenidos extremos es considerada un accidente laboral, no una enfermedad común. La sentencia destaca que la exposición constante a imágenes traumáticas durante su jornada laboral fue la causa directa de su alteración psíquica. El tribunal desestimó los argumentos de la empresa, subrayando que el estrés laboral y las tareas asignadas al trabajador, que incluían visualizar contenido violento, llevaron a su baja médica. Esta decisión resalta la importancia de reconocer el impacto psicológico en profesiones expuestas a situaciones extremas.

La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña ha respaldado la decisión del juzgado social 28 de Barcelona, que determinó que la incapacidad temporal sufrida por un trabajador dedicado a visualizar vídeos de contenido extremo debe considerarse un accidente laboral, y no una enfermedad común, tal como sostenía la empresa.

En su análisis, la sala subrayó que el trabajo del empleado implicaba el visionado continuo durante toda su jornada laboral de imágenes de violencia extrema, las cuales la misma empresa clasifica como «altamente sensibles». Esta exposición constante a situaciones traumáticas fue identificada como una causa evidente de la alteración psíquica que padecía el trabajador. La sentencia destacó que se encarga a los «moderadores de contenido» tomar medidas para evitar que el público general tenga acceso a tales imágenes.

Detección de trastornos vinculados al trabajo

La resolución también aclaró que no existían antecedentes previos en el trabajador relacionados con trastornos como pánico o ansiedad grave. En cambio, se constató que estos problemas comenzaron tras iniciar su relación laboral con la empresa, específicamente después de ser asignado al equipo denominado «high priority». Esto proporcionó suficientes elementos para vincular su baja médica directamente al trabajo desempeñado, lo que llevó a confirmar la legalidad de aplicar el artículo 156.2ª.e.) de la Ley General de Seguridad Social (LGSS).

El magistrado del juzgado social 28 había indicado previamente que el trabajador había estado enfrentando una situación emocional y psicológica muy impactante desde 2018. Así, determinó que la incapacidad temporal provocada el 10 de mayo de 2019 era consecuencia directa de un accidente laboral. No se identificaron otros factores causales que pudieran haber influido en esta baja médica, siendo el estrés laboral el principal desencadenante.

Tareas desgastantes y riesgos psicológicos

La sentencia detalla las tareas asignadas al trabajador, quien debía clasificar contenidos para evitar su difusión en Internet. Posteriormente, fue trasladado al equipo «high priority», donde tuvo que revisar material relacionado con terrorismo, suicidios y actos violentos extremos. Cada escena debía ser vista varias veces para garantizar que se cumplían las políticas establecidas sobre dicho contenido gráfico.

Finalmente, se enfatizó que los moderadores de contenido están sometidos a situaciones de violencia y abuso en su trabajo, lo cual puede generar un alto nivel de estrés y potencialmente causar daños psicológicos significativos, incluyendo trastorno por estrés postraumático.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña?

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado que la incapacidad temporal de un trabajador que visionaba vídeos de contenido extremo es considerada un accidente laboral y no una enfermedad común, como alegaba la empresa.

¿Cuál fue la razón por la que se consideró un accidente laboral?

La sala consideró que el constante visionado de imágenes de violencia extrema durante toda la jornada laboral era una causa determinante para la alteración psíquica del trabajador, ya que estaba expuesto a acontecimientos traumáticos.

¿Qué tipo de contenido tenía que ver el trabajador?

El trabajador debía clasificar contenidos relacionados con terrorismo, suicidios, automutilaciones, decapitaciones y torturas, revisando cada escena varias veces para asegurar que se aplicaba correctamente la política sobre ese contenido gráfico.

¿Qué factores se tomaron en cuenta para determinar la incapacidad temporal?

Se determinó que no había antecedentes de trastornos previos en el trabajador y que su cuadro psicológico se desencadenó tras iniciar su relación laboral con la empresa al ser asignado al equipo "high priority".

Qué riesgos enfrentan los moderadores de contenido según la sentencia?

Los moderadores de contenido están expuestos a situaciones de violencia, crimen y abuso, lo cual puede generar estrés psicológico y trastorno de estrés postraumático.

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