Un juzgado de Vitoria-Gasteiz ha decidido el sobreseimiento libre de las actuaciones relacionadas con las presuntas filtraciones de exámenes en la OPE de Osakidetza 2016-2017. Esta resolución afecta a la mayoría de los investigados, salvo a aquellos vinculados a la especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora.
Según el auto judicial, no se han encontrado indicios suficientes que justifiquen que los investigados en las diversas especialidades hayan cometido alguna irregularidad en la custodia o filtración de las preguntas del examen. El fallo se basa en lo estipulado en los artículos 637.1º y 779.1.1ª del Código Penal, que establece que sin pruebas racionales sobre un delito, corresponde acordar el sobreseimiento.
Investigación limitada a dos casos
En cuanto a los investigados en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, el juez ha determinado que la situación es similar para dos de ellos, identificados como X y B. Sin embargo, para otros dos investigados, C y D, se ha optado por un sobreseimiento provisional, dado que aún persisten dudas sobre su posible implicación.
El auto judicial, que consta de 164 páginas, no es definitivo y puede ser objeto de recurso. Este procedimiento fue iniciado tras una denuncia presentada por la Fiscalía del País Vasco, relacionada con posibles delitos de descubrimiento y revelación de secretos.
Preguntas sobre la noticia
¿Qué decidió el juzgado de Vitoria-Gasteiz respecto a las filtraciones de exámenes en la OPE de Osakidetza 2016-2017?
El juzgado acordó el sobreseimiento libre de las actuaciones respecto a la mayoría de los investigados, ya que no se encontraron indicios racionales de la comisión del ilícito. Sin embargo, se acordó un sobreseimiento provisional para dos investigados en la especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora.
¿Cuántos investigados fueron sobreseídos?
Se acordó el sobreseimiento libre para 17 personas y el sobreseimiento provisional para dos investigados específicos.
¿Cuál fue la base legal del sobreseimiento?
El auto se basó en los artículos 637.1º y 779.1.1ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), al no existir indicios suficientes que justifiquen la acusación.
¿Qué delitos se estaban investigando?
Los delitos presuntamente constitutivos eran el descubrimiento y revelación de secretos y/o infidelidad en la custodia de documentos.
¿Es firme esta decisión judicial?
No, el auto no es firme y cabe recurso.