El Ministerio de Consumo ha tomado una decisión contundente al sancionar a cinco aerolíneas de bajo costo con un total cercano a los 179 millones de euros (178.933.631,99 euros) por prácticas consideradas abusivas. Estas infracciones incluyen el cobro de suplementos por el equipaje de mano y la reserva de asientos contiguos para acompañar a personas dependientes.
Las aerolíneas afectadas son:
- Ryanair: 107.775.777 euros
- Vueling: 39.264.412 euros
- Easyjet: 29.094.441 euros
- Norgewian: 1.610.001 euros
- Volotea: 1.189.000,99 euros
Sanciones confirmadas y recursos desestimados
A través de una orden firmada por el ministro Pablo Bustinduy, se han confirmado las sanciones propuestas por la Secretaría General de Consumo y Juego, desestimando los recursos interpuestos por las aerolíneas. Esta acción pone fin a una investigación iniciada en 2023 por la Dirección General de Consumo sobre prácticas que han sido calificadas como infracciones «muy graves» según la normativa vigente.
Las infracciones están tipificadas en el artículo 47 del texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Prácticas prohibidas y su impacto en los consumidores
Esta es la primera vez que se imponen sanciones tan severas en el ámbito del consumo desde que el ministerio adquirió competencias sancionadoras en junio de 2022. Las sanciones no solo implican multas económicas, sino también la prohibición expresa de continuar con las prácticas denunciadas, que incluyen:
- Cobro de suplemento por el transporte de equipaje de mano (artículo 47.1 TRLGDCU, letra j).
- Cobro adicional por reserva de asientos contiguos para menores y personas dependientes (artículo 47.1 TRLGDCU, letra j).
- No permitir el pago en efectivo en aeropuertos españoles (artículo 47.1 TRLGDCU, letra ñ).
- Tasa desproporcionada por impresión de tarjeta de embarque (artículo 47.1 TRLGDCU, letra j).
- Omisiones engañosas en información y falta de claridad en precios publicados (artículo 47.1 TRLGDCU, letra m).
En particular, Ryanair enfrenta una sanción adicional por cobrar excesivamente a los usuarios que necesitan imprimir su billete en terminales cuando no lo tienen disponible.
Cálculo proporcional y próximos pasos legales
Para asegurar la efectividad y proporcionalidad de las sanciones impuestas, estas se han calculado tomando como base el beneficio ilícito obtenido por las compañías aéreas a través de sus prácticas infractoras. Según la legislación vigente, las multas pueden alcanzar entre seis y ocho veces dicho beneficio cuando supere los límites establecidos.
La orden firmada por Bustinduy concluye la vía administrativa; sin embargo, las aerolíneas aún tienen la opción de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional dentro del plazo establecido de dos meses. Si no se presenta ningún recurso durante este tiempo, la orden entrará en vigor.
La noticia en cifras
Aerolínea |
Monto de la Sanción (euros) |
Ryanair |
107.775.777 |
Vueling |
39.264.412 |
Easyjet |
29.094.441 |
Norwegian |
1.610.001 |
Volotea |
1.189.000,99 |
FAQS
¿Cuánto ha sancionado el Ministerio de Consumo a las aerolíneas low cost?
El Ministerio de Consumo ha sancionado a cinco aerolíneas low cost con un importe total cercano a los 179 millones de euros (178.933.631,99 euros).
¿Cuáles son las prácticas abusivas por las que se han sancionado a las aerolíneas?
Las prácticas abusivas incluyen cobrar suplementos por el equipaje de mano, exigir un sobrecoste por la reserva de asientos contiguos para personas dependientes y no permitir el pago en metálico en los aeropuertos españoles.
¿Qué compañías aéreas han sido sancionadas?
Las compañías aéreas sancionadas son Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea.
¿Cuál es la base para calcular las sanciones impuestas?
Las sanciones se han calculado en función del beneficio ilícito obtenido por las compañías aéreas debido a las prácticas infractoras.
¿Qué sucede si las aerolíneas no presentan recurso ante la justicia?
Si las compañías no presentan un recurso ante la justicia en el plazo de dos meses, la orden será efectiva.