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Absuelto un hombre acusado de agresión sexual a su expareja por falta de pruebas contundentes
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Absuelto un hombre acusado de agresión sexual a su expareja por falta de pruebas contundentes

Por Redacción
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admincibelesnet/5/5/13
cibeles.net
jueves 10 de abril de 2025, 14:35h

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La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha absuelto a un hombre acusado de agredir sexualmente a su expareja, argumentando que la versión de la mujer presenta "profundas contradicciones" y carece de consistencia. La denuncia, relacionada con un incidente ocurrido en septiembre de 2020, fue desestimada tras un análisis detallado que reveló cambios en el relato de la denunciante y falta de corroboración. El tribunal subrayó que para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado se requiere una prueba contundente, lo cual no se logró en este caso. La sentencia no es firme y puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha decidido absolver a un hombre que enfrentaba acusaciones de agresión sexual por parte de su expareja. La decisión se fundamenta en la identificación de “profundas contradicciones” en el testimonio de la denunciante, así como en la falta de consistencia y corroboración de su relato.

El caso se remonta a una denuncia presentada por la mujer, quien había mantenido una relación sentimental con el acusado en 2018. Según su declaración, los hechos ocurrieron el 9 de septiembre de 2020, momento en el que alegó haber sido agredida sexualmente. Sin embargo, el acusado defendió durante el juicio que las relaciones sexuales fueron consensuadas.

Análisis del Testimonio

En su resolución, la Sala enfatiza que, aunque la declaración de la víctima puede ser suficiente para contrarrestar la presunción de inocencia del acusado, es necesario realizar una valoración exhaustiva sobre su credibilidad. Esto implica una motivación fáctica reforzada que justifique cualquier decisión en contra del principio fundamental de presunción de inocencia.

La Audiencia también destaca que un examen detallado del testimonio revela que la descripción del incidente es “vaga y ambigua”, además de estar marcada por numerosas contradicciones contextuales. Los cambios en las versiones presentadas por la denunciante durante el proceso judicial han afectado negativamente a la solidez de su relato.

Conclusiones del Tribunal

El tribunal subraya que, dado que la declaración de la víctima era la única prueba disponible, se requería una consistencia especial y corroboración mínima para validar las acusaciones. La falta de esta persistencia y corroboración periférica llevó a los jueces a concluir que no se había alcanzado el nivel necesario para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado.

Finalmente, el tribunal concluye que “el esfuerzo probatorio desplegado para acreditar un contexto violento y la quiebra de la voluntad de la víctima no ha sido lo suficientemente contundente”, resultando en la absolución del acusado. Esta sentencia aún no es firme y puede ser objeto de recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué decisión tomó la Audiencia Provincial de Gipuzkoa en el caso de agresión sexual?

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa absolvió a un hombre acusado de agredir sexualmente a su expareja, considerando que la versión de ella tenía "profundas contradicciones" y no era suficientemente persistente.

¿Cuáles fueron las razones para la absolución del acusado?

El tribunal destacó que la declaración de la víctima presentaba numerosas contradicciones y cambios de versión, lo que afectó la solidez de su relato. Se exigió una especial consistencia en su testimonio, que no fue alcanzada.

¿Qué se dice sobre la declaración de la víctima según el Tribunal Supremo?

El Tribunal Supremo establece que la declaración de la víctima puede ser suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia, pero requiere una valoración profunda respecto a su credibilidad y motivación fáctica reforzada.

¿Es firme esta sentencia?

No, esta sentencia no es firme y cabe recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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